Trabajo sexual y violencia
La violencia contra las mujeres ha
tenido, y tiene, distintas manifestaciones según las épocas y los contextos en
los cuales se realiza y reproduce, los sistemas de justicia han respondido de
forma diversa por múltiples factores: desde la incomprensión de la magnitud de
estos hechos como consecuencia de los patrones culturales en la sociedad, los
organismos que se encargan de velar por los procedimientos legales, las
dificultades para investigar las complejas y crueles modalidades de esta
violencia, hasta la imposibilidad de establecer una caracterización de los
responsables, según sean estos miembros del entorno familiar o cercano a las
víctimas o pertenezcan a estructuras estatales y criminales poderosas[1].
“Según la Convención de Belém do Pará, debe
“entenderse por violencia contra la mujer cualquier acción o conducta, basada
en su género que cause daño físico, sexual o sufrimiento físico, sexual o
psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado”.
En otras culturas las mujeres en la
etapa de la adolescencia son entregadas por voluntad de los padres o porque
existe una amenaza de hombres que obligan a contraer matrimonio siendo víctimas
de trata, es decir que son comercializadas con propósitos sexuales, explotación
sexual, laboral, extracción de órganos y narcotráfico, hechos constitutivos de
delito que en muchos casos llevan al desenlace fatal de feminicidio.
El Salvador ocupa el octavo lugar en
impunidad de delitos, según estudio de la
Universidad de la Américas de Puebla México, publicado el 3 de mayo 2015
en La Prensa Gráfica, y uno de los indicadores más notable de estudio dice que
son las violaciones a los derechos humanos en las investigaciones de delitos de
violencia.
No podemos dejar de ver la violencia
contra la mujer, como algo exclusivo para las que no trabajen sexualmente, por
el hecho de ser mujer la victimas de estas violencias el estado salvadoreño, la
sociedad no debemos apartarnos de este flagelo de la población.
El hecho de la doble moralidad de la
población con este sector, provoca que sus denuncias no sean tomadas en cuenta
y no prosperen ante los tribunales, porque un delito de violencia empieza
cuando la mujer dice NO.
Según el
estudio de la Universidad de las Américas, parte de los problemas de impunidad
se dan por la saturación de casos, mala investigación de los delitos, falta de
coordinación entre investigadores y Fiscalía entre otros, esto hace que si el
ciudadano común desconfié del sistema
judicial con mucha más razón lo harán las trabajadoras sexuales.
La violencia contra las mujeres han tenido
diferente manifestaciones en la sociedad dependiendo de la época y el contexto
social que se produce nuestro país en los últimos cinco años presenta un
aumento en muertes de mujeres de 197%, siendo el índice mayor en Centroamérica,
parte de este repunte de homicidios lo podemos ver en el diagnóstico del padre
Martín Baro cuando en 1984 concluyo que
la consecuencia psicosocial de la guerra se daría en el país una “devaluación
de la vida humana en el quehacer cotidiano de El Salvador”. Por lo cual esta
devaluación ha sido reproducida en nuestros días, y no ha sido atendida con
programas psicológicos para la sensibilización del valor ante la vida humana.
Por otro lado nuestro país es uno de los
siete estados que ha tipificado el feminicidio como un delito, pero no basta
con hacer leyes al respecto, debemos preguntarnos si los delitos de homicidio
en las mujeres cuantos son considerados feminicidios. Recordemos que según la
legislación son delitos cometidos por razones de género, misoginia y relaciones
de poder, como menciona Dr. Félix Garrid Safie, ex Fiscal General de El
Salvador, “no se tiene la capacidad técnica ni Medicina legal y PNC para hacer un valoración científica en todos
los homicidios, de cada 100 homicidios 5 son valorados por experticias científicas”.
Estos dos aspectos nos hacen pensar que si
esto pasa con el común de la gente, nos genera la inquietud de que pasaría con
las trabajadoras sexuales, por la doble moral de la sociedad de aceptarla y
rechazarlas. Nos debemos preguntar ¿Son menos seres humanos y tienen menos
derechos por su condición de trabajadoras del sexo?, ¿Sus denuncias de
violencia son tomadas en serio?,
¿Cuantas de estas denuncias proceden penalmente?
Por último, mencionar que la
violencia contra la mujer también es una violencia contra los derechos humanos
y un obstáculo para el desarrollo de ellas integralmente, y en estos delitos la
acción sancionadora de parte del Estado es deficiente e ineficiente y además,
debemos analizar la confianza que las mujeres tienen en el sistema judicial de
El Salvador.
[1] Violencia de género contra
las mujeres y feminicidio: un reto para el Estado salvadoreño (2008).
Recuperado el 4 de marzo de 2015.
http://www.un.org/es/women/endviolence/pdf/reg_del_femicicidio.pdf
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