Trabajo sexual y violencia

La violencia contra las mujeres ha tenido, y tiene, distintas manifestaciones según las épocas y los contextos en los cuales se realiza y reproduce, los sistemas de justicia han respondido de forma diversa por múltiples factores: desde la incomprensión de la magnitud de estos hechos como consecuencia de los patrones culturales en la sociedad, los organismos que se encargan de velar por los procedimientos legales, las dificultades para investigar las complejas y crueles modalidades de esta violencia, hasta la imposibilidad de establecer una caracterización de los responsables, según sean estos miembros del entorno familiar o cercano a las víctimas o pertenezcan a estructuras estatales y criminales poderosas[1].

 “Según la Convención de Belém do Pará, debe “entenderse por violencia contra la mujer cualquier acción o conducta, basada en su género que cause daño físico, sexual o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer, tanto en el ámbito público como en el privado”.
En otras culturas las mujeres en la etapa de la adolescencia son entregadas por voluntad de los padres o porque existe una amenaza de hombres que obligan a contraer matrimonio siendo víctimas de trata, es decir que son comercializadas con propósitos sexuales, explotación sexual, laboral, extracción de órganos y narcotráfico, hechos constitutivos de delito que en muchos casos llevan al desenlace fatal de feminicidio.
El Salvador ocupa el octavo lugar en impunidad de delitos, según estudio de la  Universidad de la Américas de Puebla México, publicado el 3 de mayo 2015 en La Prensa Gráfica, y uno de los indicadores más notable de estudio dice que son las violaciones a los derechos humanos en las investigaciones de delitos de violencia.
No podemos dejar de ver la violencia contra la mujer, como algo exclusivo para las que no trabajen sexualmente, por el hecho de ser mujer la victimas de estas violencias el estado salvadoreño, la sociedad no debemos apartarnos de este flagelo de la población.

El hecho de la doble moralidad de la población con este sector, provoca que sus denuncias no sean tomadas en cuenta y no prosperen ante los tribunales, porque un delito de violencia empieza cuando la mujer dice NO.

Según el estudio de la Universidad de las Américas, parte de los problemas de impunidad se dan por la saturación de casos, mala investigación de los delitos, falta de coordinación entre investigadores y Fiscalía entre otros, esto hace que si el ciudadano común desconfié  del sistema judicial con mucha más razón lo harán las trabajadoras sexuales.
La violencia contra las mujeres han tenido diferente manifestaciones en la sociedad dependiendo de la época y el contexto social que se produce nuestro país en los últimos cinco años presenta un aumento en muertes de mujeres de 197%, siendo el índice mayor en Centroamérica, parte de este repunte de homicidios lo podemos ver en el diagnóstico del padre Martín Baro  cuando en 1984 concluyo que la consecuencia psicosocial de la guerra se daría en el país una “devaluación de la vida humana en el quehacer cotidiano de El Salvador”. Por lo cual esta devaluación ha sido reproducida en nuestros días, y no ha sido atendida con programas psicológicos para la sensibilización del valor ante la vida humana.
Por otro lado nuestro país es uno de los siete estados que ha tipificado el feminicidio como un delito, pero no basta con hacer leyes al respecto, debemos preguntarnos si los delitos de homicidio en las mujeres cuantos son considerados feminicidios. Recordemos que según la legislación son delitos cometidos por razones de género, misoginia y relaciones de poder, como menciona Dr. Félix Garrid Safie, ex Fiscal General de El Salvador, “no se tiene la capacidad técnica ni Medicina legal y PNC  para hacer un valoración científica en todos los homicidios, de cada 100 homicidios 5 son valorados por experticias científicas”.
Estos dos aspectos nos hacen pensar que si esto pasa con el común de la gente, nos genera la inquietud de que pasaría con las trabajadoras sexuales, por la doble moral de la sociedad de aceptarla y rechazarlas. Nos debemos preguntar ¿Son menos seres humanos y tienen menos derechos por su condición de trabajadoras del sexo?, ¿Sus denuncias de violencia son tomadas en  serio?, ¿Cuantas de estas denuncias proceden penalmente?
Por último, mencionar que la violencia contra la mujer también es una violencia contra los derechos humanos y un obstáculo para el desarrollo de ellas integralmente, y en estos delitos la acción sancionadora de parte del Estado es deficiente e ineficiente y además, debemos analizar la confianza que las mujeres tienen en el sistema judicial de El Salvador.



[1] Violencia de género contra las mujeres y feminicidio: un reto para el Estado salvadoreño (2008). Recuperado el 4 de marzo de 2015. http://www.un.org/es/women/endviolence/pdf/reg_del_femicicidio.pdf  

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